Anuncian también fecha para suspensión de campañas publicitarias de acciones y programas de gobierno.
Chilpancingo, Gro., 24 de febrero de 2021.- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO) desarrolló su Segunda Sesión Ordinaria, de forma virtual, en la que emitió diversas notificaciones, avisos y resoluciones.
La fecha límite para separarse del cargo las funcionarias y funcionarios públicos que pretendan participar como candidatas o candidatos en el Proceso Electoral Ordinario de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2020-2021, es el 7 de marzo del 2021, la cual corresponde a 90 días antes de la jornada electoral.
La disposición antes citada, no aplicará para las y los representantes populares que participen bajo la modalidad de reelección, quienes en todo momento se apegarán a las disposiciones que la ley disponga en esta materia.
Podrán participar en el actual proceso electoral sin separarse de su cargo, aquellas y aquellos servidores públicos que no tengan funciones de dirección, fiscalización, supervisión o manejo de recursos públicos, ni lleven a cabo la ejecución de programas gubernamentales.
SUSPENSIÓN DE LAS CAMPAÑAS PUBLICITARIAS EN MEDIOS IMPRESOS, DIGITALES, RADIO Y TELEVISIÓN DE TODO LO RELACIONADO A LOS PROGRAMAS Y ACCIONES DE GOBIERNO DURANTE EL PERIODO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES, CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO.
Deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios y cualquier otro ente público.
En ese respecto, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, comunica a las autoridades, servidoras y servidores públicos federales, estatales y municipales, partidos políticos y candidaturas, lo siguiente:
Durante el periodo de las campañas electorales, es decir del 5 de marzo al 2 de junio del 2021, se suspenderán las campañas publicitarias en medios impresos, digitales, radio y televisión de todo lo relativo a los programas y acciones de los cuales sean responsables y cuya difusión no sea necesaria o de utilidad pública inmediata, quedando exentas de lo anterior, las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
Que el Consejo General de este Instituto, en el ámbito de sus atribuciones vigilará que se dé cumplimiento a lo anterior, y en caso de que se esté realizando alguna difusión ordenará en forma inmediata la suspensión de la misma.
Tope de gastos de campaña
De la misma manera, se aprobó el acuerdo por el que se determinó que el tope de gastos de campaña para la elección de Gubernatura del Estado es la cantidad de $35,325,422.16 (treinta y cinco millones, trescientos veinticinco mil, cuatrocientos veintidós pesos 16/100 M.N.), cifra que se obtuvo considerando el factor porcentual fijado para efectos del financiamiento público, a que se refiere el artículo 132 inciso a) fracción I, de esta Ley, también el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral en toda la entidad federativa con corte al 31 de octubre del año anterior al de la elección; y la duración de la campaña.
Para determinar el tope de gastos de campaña para la elección de Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa se consideraron variables por cada distrito electoral, tales como el área geográfica salarial, densidad poblacional y condiciones geográficas, entre otros elementos referidos en las fracciones II y III del artículo 279 de la LIPEEG.
Para la elección de Ayuntamientos, además de los elementos señalados para el cálculo del tope de gastos de la elección de Gubernatura del Estado, se tomarán en cuenta las bases fijadas por el Consejo General, conforme a las variables utilizadas para determinar el tope de gastos de campaña para la elección de Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa. Los topes de gastos de campaña de Diputaciones Locales MR y Ayuntamientos pueden ser consultados también en la página web http://www.iepcgro.mx