NO HUBO CONSULTA A LOS PUEBLOS CONFORME A ESTÁNDARES DE SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Inválida la reforma a la Constitución de Guerrero que establecía las bases para delimitar la competencia en materia de seguridad pública e impartición de justicia entre los sistemas normativos indígenas y el sistema jurídico estatal, por falta de consulta previa, determina la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En un comunicado la SCJN informó que se declaró la invalidez del Decreto 756 por el que se reformaba el artículo 14 de la Constitución local en materia de derechos y cultura indígena.

En torno a la delimitación de competencias en materia de seguridad pública e impartición de justicia entre los sistemas normativos indígena y el sistema jurídico estatal que pretendía hacer el Decreto, la Suprema Corte señaló que había obligación de consultar a los pueblos la cual no se hizo, y que los foros regionales que realizó la autoridad estatal no constituyó una consulta válida de acuerdo a los estándares establecidos por la SCJN.

La declaratoria de invalidez surtirá efecto dentro de los 18 meses siguientes a que se notifique al Congreso local quedando vinculado para que en dicho plazo se haga consulta y se emita la legislación correspondiente.