El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero, aprobó ayer en sesión ordinaria los LINEAMIENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE REGLAMENTA EL MODELO DE ELECCIÓN, INTEGRACIÓN E INSTALACIÓN DEL GOBIERNO MUNICIPAL POR USOS Y COSTUMBRES DE AYUTLA DE LOS LIBRES, GUERRERO, PARA EL PROCESO ELECTIVO 2021.
Entre los puntos relevantes, encontramos primeramente que, con la finalidad de analizar y elaborar propuestas para la elección de sus autoridades municipales, se aprobó la integración de una Comisión de Elección, Integración e Instalación del Gobierno Municipal Comunitario, conformada por ciudadanos provenientes de las zonas Tu’un savi, me’phàà y mestiza, quienes cuentan con conocimientos de las tradiciones y prácticas para elegir a sus representantes.

El documento, que se compone de diversos artículos, apunta que la lista de votantes o el padrón correspondiente a la ciudadanía con derecho a votar será elaborada por la autoridad de cada comunidad, delegación y colonia del municipio, mismo que se revisará en la asamblea el día de la elección.
Otro apartado, señala que el Instituto Electoral podrá invitar a instituciones públicas, organismos defensores de los derechos humanos, instituciones académicas y ciudadanos interesados, para que participen como observadores, que tendrán como fin proporcionar un elemento más que otorgue certeza en el proceso electivo.
Aunque, en ningún caso, los informes, juicios, opiniones o conclusiones de los observadores tendrán efectos jurídicos o vinculatorios sobre la elección y sus resultados.
Las etapas del proceso incluye la realización de asambleas comunitarias, y asamblea municipal comunitaria.
Las ciudadanas y ciudadanos a ocupar el cargo de representantes, deberán ser propuestos de acuerdo con las formas tradicionales en que cada comunidad, delegación y colonia elijen a sus autoridades locales; por lo que cada ciudadana o ciudadano propuesto, se someterá al escrutinio, observancia y aprobación de la asamblea.
A más tardar el 06 de Mayo de 2021, el Consejo General emitirá la convocatoria relativa a la asamblea municipal de representantes y autoridades, con el objeto de elegir a las ciudadanas y ciudadanos que integrarán el órgano de gobierno municipal.
La asamblea municipal comunitaria de representantes y autoridades, se llevará a cabo el día 23 de Mayo de 2021, en un horario de las 10:00 horas, y deberá realizarse en el lugar que para tal efecto determine el Instituto Electoral, mismo que deberá ubicarse en la cabecera municipal.
El desarrollo de la asamblea municipal de representantes y autoridades se sujetará al siguiente procedimiento:
I. Primero se presentara al concejo de honor y justicia en la asamblea municipal comunitaria. Quien estará integrado por 6 comisarios, delegados o en su caso personas a fin del proyecto de sistemas normativos propios, considerando las etnias del municipio. Es un cargo honorifico, sin remuneración.
II. Se elegirá el cargo de mayor jerarquía (coordinadores tu´un savi, Mé phaa y mestizos, y sus respectivos suplentes, y el concejo municipal comunitario) del órgano de gobierno municipal, para lo cual, la asamblea deberá proponer a dos representantes de género distinto, observando la paridad de género, y el que obtenga el voto de la mayoría de los ciudadanos asistentes con derecho a ello, será el que ocupe dicho cargo con su respectivo suplente, los cuales deberán ser del mismo género.
III. En segundo plano se nombraran los 18 concejeros respetando la paridad de género, considerando las diferentes zonas de distribución de la población especificando que los cargos son de igual jerarquía bajo el mismo procedimiento que la asamblea determinó hasta agotar estos cargos.
IV. De considerarlo necesario, la asamblea podrá leer la semblanza trayectoria comunitaria de cada una de las propuestas, a fin de que los demás representantes los conozcan y tomen la decisión que corresponda. Se entenderá por semblanza una biografía de poca extensión, que no abunda en datos históricos de las personas, sino que presenta información sobre la personalidad de las propuestas en cuestión. Se deberán resaltar aspectos del comportamiento ético y moral.
V. Al final de la asamblea municipal, el relator de la Mesa de Debates procederá a levantar el acta de asamblea de elección e integración de la autoridad municipal, que será firmada por los integrantes de la Mesa de Debates, así como por el o la representante del Instituto Electoral; a ella se anexarán las hojas del registro de los asistentes y en su caso la hoja de incidentes, para dar constancias de la elección e integración del órgano de gobierno municipal.
El acta se elaborará en original, que será entregada al representante del Instituto Electoral, anexando la hoja de registro y, en su caso, la hoja de incidentes, dejando copia simple del acta al presidente de la Mesa de Debates.
Prohibiciones
Queda prohibida la participación e intervención de los partidos políticos estatales y nacionales en el proceso electivo por sistemas normativos internos, así como por parte de las organizaciones sociales o políticas y agentes externos al municipio, en todas las etapas que comprende el proceso electivo. De igual manera, quedan prohibidos los actos que vulneren las prácticas consuetudinarias de las comunidades, delegaciones y colonias del municipio.
También está prohibida la utilización de los programas sociales del gobierno federal, estatal y municipal, así como de organizaciones sociales y políticas durante el proceso electivo.
Para designar a los representantes del órgano de gobierno municipal, queda prohibido la realización de actos de campaña, presentación de ofertas políticas o similares, toda vez que el proceso electivo del municipio, se realizará por usos y costumbres, en la que las ciudadanas y ciudadanos se someterán al escrutinio, observancia y aprobación de los integrantes de la asamblea.
No se practica la Democracia en este proceso de elección al tiempo de elegir la estructura comunitaria se le quitan los Derechos Humanos a todas las personas (libertad de votar)
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