La Dekonstrucción

Parte de los retos legislativos actuales es ampliar la implementación de acciones afirmativas para garantizar la inclusión de representantes indígenas en los Congresos locales, senadurías (no solo en la Cámara de Diputados), así como establecer el porcentaje de población indígena por el cual se determinará la aplicación de dichos mecanismo en lo local y federal.

No hay un mandato para elegir senadurías de procedencia indígena” Por Guerrero, una mujer indígena es senadora suplente, aunque la senadora titular ni el tiempo que estuvo enferma por Covid-19 le dejó representar el cargo. La postulación de esa planilla no fue directamente como una acción afirmativa para las mujeres indígenas sino cuestión de coyuntura política.

Si bien hay avances en la aplicación de acciones afirmativas para revertir la histórica subrepresentación de la población indígena, persisten retos para mejorar la aplicación de dichos mecanismos y, por tanto, para garantizar el acceso de las mujeres indígenas en igualdad de condiciones que los hombres a los espacios de toma de decisión, señala una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).

El estudio “Representación política y acciones afirmativas indígenas: la agenda pendiente”, elaborado por la investigadora Lorena Vázquez Correa, señala que en México hay 25.6 millones de personas que se autorreconocen como indígenas, cifra que representa 21.5% de la población mexicana, de acuerdo con datos del INEGI.

La investigación subraya que este sector de la población ha estado históricamente subrepresentado en los espacios de toma de decisión política y que, para revertir dicha situación, diversas autoridades e instituciones han implementado acciones afirmativas para promover la inclusión de este sector de la población.

Por ejemplo, en 2005 se llevó a cabo la primera redistritación electoral federal en la que se identificaron 28 distritos indígenas, con lo cual en 2006 accedieron a una diputación 14 personas indígenas; en 2009 ganaron 10, en 2012 fueron electos siete indígenas; en 2015 únicamente en seis de los 28 distritos referidos accedieron personas con identidad étnica, mientras que en 2018 en 13 distritos los partidos postularon candidaturas indígenas.

Lo anterior, explica el documento del IBD, significa que el número máximo de diputaciones federales que han logrado obtener los grupos y comunidades indígenas es 14 (2006-2009), lo que representa apenas 50% de los 28 distritos indígenas y, entre 2009 y 2015 hubo un retroceso en la representación indígena, aun cuando hubo redistritación electoral.

En Guerrero la normativa local obliga a los partidos políticos a postular fórmulas de candidaturas a diputadas o diputados de mayoría relativa de origen indígena o afromexicana en, por lo menos, la mitad de los distritos donde la población indígena o afromexicana es igual o mayor al 40% del total de la población del distrito conforme al último censo de población del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Ley No. 483, art. 13 Bis).

En el 5 Distrito de Tlapa los partidos debieron postular candidatura indígena en el proceso 2017-2018.

Dentro de los desafíos y agenda pendiente para la inclusión indígena las leyes reglamentarias del principio constitucional de paridad en todo son pieza fundamental para garantizar su efectividad.

En materia electoral se vislumbran cuatro temas ineludibles para la deliberación y, de no quedar clara la voluntad de las y los legisladores, corresponderá a la autoridad jurisdiccional interpretar la normativa. El primero consiste en la creación de catálogos de autoridades indígenas y mecanismos de selección en los municipios que se rigen por los sistemas de usos y costumbres; el segundo se refiere a la adopción de mecanismos para garantizar la inclusión de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena; el tercero consiste en determinar el porcentaje de población indígena por el cual se aplicará la acción afirmativa indígena y, el cuarto, consiste en establecer los lineamientos para garantizar la inclusión paritaria (mujeres y hombres) de indígenas en la integración de los ayuntamientos.

El estudio completo se puede consultar en la siguiente dirección electrónica: http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/handle/123456789/4956